jueves, 27 de junio de 2013

ATENCIÓN EN LA PASTORAL SOCIAL A LAS VICTIMAS DE DESPLAZAMIENTO FORZADO

CONTEXO



La Pastoral Social desde su quehacer y su compromiso con el evangelio, ha venido acompañando a las víctimas de desplazamiento forzado, puesto que la situación de conflicto en el departamento y otros departamentos cercanos es una realidad que desborda cualquier tipo de acompañamiento e intervención. Nariño hasta hace algunos años era reconocido como el departamento de paz, cuando el conflicto llega al departamento trae consigo todo una dinámica de atentar contra la dignidad del ser humano, al parecer los intereses de estos actores se encaminan al control social, el narcotráfico, la minería, corredores estratégicos para la movilización de armas y tropas, entre otros. 


Para lograr estas intenciones el desplazamiento es una de las estrategias más utilizadas por los actores armados, desconocido que desde hace muchos años este hecho está catalogado como un acto de lesa humanidad, puesto que atenta no  solo contra el individuo sino contra toda la comunidad y la cultura de la misma. Igualmente las persecuciones y las amenazas continúan incluso una vez desplazados son perseguidos hasta la ciudad. Pero el gobierno se torna insensible e invisibiliza este hecho ya que puede traer sanciones internacionales por no tratar de evitar este hecho de violencia. En los últimos meses el conflicto se ha tornado cada vez más degradado lo que se evidencia en los motivos que tienen los actores armados para desplazar a las personas, aspectos como dar agua a los soldados del ejército o  dejarlo pasar por la finca se convierten en situaciones para desplazar o simplemente decirles que se retiren por que necesitan la finca (Datos tomados del proceso de caracterización que se realiza en Pastoral Social).  


Una vez llegan las personas a Pasto la atención recae sobre la Alcaldía quien por normatividad tiene que realizar esta atención. Pero la realidad es que este tipo de ayuda es temporal y no está de acuerdo a los tiempos en el cual los entes encargados de dar respuesta a las declaraciones, ya que la ley da 60 días hábiles para esta respuesta pero la realidad es que puede tomar más de ocho meses más, mientras tanto que deben hacer las víctimas?  Aspecto que los coloca en una situación de mucha vulnerabilidad y violación a los diferentes derechos que los ciudadanos colombianos tienen. 

La implementación de la ley 1448 o ley de víctimas y restitución de tierras, ha sido lenta y aun no da respuestas eficientes y reales a las necesidades de las víctimas, pero las organizaciones nacionales e internacionales  al parecer creen que esta ya suplió estas necesidades y esto es una aspecto que deja solas a las víctimas.

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